Intervención del ICSFT sobre el tema 8 Debate general sobre la agenda de la 42ª sesión del Consejo de Derechos Humanos
Sr. Presidente,
En atención a lo establecido en el artículo 3 del Programa de Acción de Viena, este Consejo debería adoptar medidas eficaces para garantizar y vigilar la aplicación de las normas de DDHH respecto de los pueblos sometidos a ocupación extranjera, y se debe suministrar una protección jurídica eficaz contra la violación de sus DDHH, de conformidad con las normas del derecho internacional, en particular el Convenio de Ginebra de 1949.
por favor adjunte la intervención oral
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