Intervención del ICSFT sobre el tema 8 Debate general sobre la agenda de la 42ª sesión del Consejo de Derechos Humanos
Sr. Presidente,
En atención a lo establecido en el artículo 3 del Programa de Acción de Viena, este Consejo debería adoptar medidas eficaces para garantizar y vigilar la aplicación de las normas de DDHH respecto de los pueblos sometidos a ocupación extranjera, y se debe suministrar una protección jurídica eficaz contra la violación de sus DDHH, de conformidad con las normas del derecho internacional, en particular el Convenio de Ginebra de 1949.
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por favor adjunte la intervención oral
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